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El Consejero de Seguridad es una figura que deriva de la Directiva 96/35/CE del Consejo de 3 de junio de 1996 (desarrollada en España a través del RD 1566/1999 de 8 de octubre), que consiste en un experto que se encarga de la seguridad de las operaciones de carga, transporte y descarga de mercancías peligrosas según reglamento ADR en las empresas que se encargan de estas operaciones. Las empresas deben comunicar al Ministerio de Fomento y a la Comunidad Autónoma donde figure su domicilio social quién es su consejero de seguridad y cualquier modificación que ocurra.
Especialistas en el resto de las materias incluidas en las clases: 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9.
¿Está mi empresa obligada a asignar un consejero de seguridad? Si si tu empresa es fabricante de pinturas, barnices, muebles de madera, abonos, insecticidas, productos cerámicos y estaciones de servicios. Imprentas, fabricantes y distribuidores de productos de limpieza, productos para piscinas, fabricantes de papel, plásticos, textil, embotelladoras de agua mineral, distribuidoras de agua potable, fabricantes de licores y de conservas.
Escríbenos, dinos que quieres transportar y nos pondremos en contacto contigo.
Te enviaremos el presupuesto con todo detallado lo más rápido posible.
Transportaremos lo que desees hasta el sitio indicado con profesionalidad.